Notificación Sanitaria Obligatoria · Cosméticos · ARCSA · Ecuador
Notificación Sanitaria de Cosméticos en Ecuador — ARCSA
¿Necesitas obtener la Notificación Sanitaria Obligatoria de tus productos cosméticos para fabricarlos, importarlos o comercializarlos en Ecuador? En CLICK Productivo te acompañamos en la clasificación del producto, revisión técnica, preparación documental, evaluación de etiquetado y gestión del procedimiento correspondiente ante ARCSA.
- ARCSA
- Autoridad competente
- Nacional
- e importado
- NSO
- Trámite cosmético

Gestión de la notificación sanitaria de cosméticos nacionales e importados en Ecuador.
Imagen referencial de la industria cosmética. No corresponde a instalaciones propias de CLICK Productivo.
Gestiona la notificación sanitaria de tus cosméticos
- Productos nacionales
- Productos importados
- Etiquetado
- Ingredientes
- Documentación técnica
- Reconocimientos
- Renovaciones
- Modificaciones
No garantizamos aprobación automática: el resultado del trámite depende de la autoridad competente y del cumplimiento de los requisitos aplicables.

A · Fundamentos
¿Qué es un producto cosmético?
La normativa andina define el producto cosmético como toda sustancia o preparado destinado a ser puesto en contacto con las partes externas del cuerpo humano —epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y mucosas bucales— con el fin, exclusiva o principalmente, de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto, protegerlos o corregir olores corporales.
Esta definición delimita la frontera regulatoria del producto: un cosmético actúa de forma externa y superficial, sin declaraciones terapéuticas. Cuando un producto pretende tratar, curar o prevenir una enfermedad, su clasificación puede cambiar.
La clasificación definitiva de cada producto depende de su función, composición, presentación y declaraciones, y se confirma en el diagnóstico con la normativa vigente.
Uso externo
Contacto con las partes externas del cuerpo.
Finalidad cosmética
Limpiar, perfumar, modificar el aspecto o proteger.
Sin declaraciones terapéuticas
La frontera con el medicamento está en las declaraciones.
B · Fundamentos
¿Qué es la Notificación Sanitaria Obligatoria?
La Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) es el procedimiento mediante el cual el interesado comunica a ARCSA, bajo declaración juramentada, que comercializará en el país un producto cosmético cumpliendo las condiciones de calidad, seguridad e inocuidad previstas en la normativa aplicable.
Su función es habilitar la comercialización legal del cosmético dentro del marco regulatorio: una vez aprobada la solicitud, la autoridad emite el certificado con el código que identifica al producto para todos los efectos legales y sanitarios durante su vida comercial.
La denominación, el procedimiento y los requisitos vigentes se confirman con la normativa y las fichas oficiales de ARCSA para productos cosméticos.
Código del producto
Identifica al cosmético en su vida comercial.
Declaración juramentada
El interesado declara el cumplimiento de las condiciones.
Comercialización legal
Habilita la venta del cosmético en el país.
C · Aplicación
¿Qué productos pueden requerir NSO?
Estos son ejemplos frecuentes de productos cosméticos que pueden requerir Notificación Sanitaria Obligatoria. La clasificación definitiva depende de la función, composición, presentación y declaraciones del producto.
Cremas cosméticas
Cremas de cuidado facial y corporal.
Lociones
Lociones hidratantes y corporales.
Higiene facial
Productos de higiene y limpieza facial.
Higiene corporal
Jabones y geles de higiene corporal.
Champús
Productos de lavado capilar.
Acondicionadores
Acondicionadores y tratamientos capilares.
Productos para el cabello
Fijadores, tintes y tratamientos capilares.
Perfumes
Perfumes, aguas de tocador y fragancias.
Desodorantes
Desodorantes y antitranspirantes corporales.
Productos para labios
Labiales, brillos y bálsamos labiales.
Maquillaje
Maquillaje facial, de ojos y de labios.
Productos para uñas
Esmaltes y tratamientos para uñas.
Cuidado de la piel
Sérums, tónicos y tratamientos dérmicos.
Protectores solares cosméticos
Protección solar de naturaleza cosmética.
Higiene bucal cosmética
Productos de higiene bucal de naturaleza cosmética.
D · Distinciones
Cosmético, medicamento e higiénico doméstico
La clasificación correcta del producto es el primer paso del trámite. Estas distinciones evitan presentar el cosmético por una ruta equivocada.
Cosmético
Se aplica externamente para limpiar, perfumar, modificar el aspecto o proteger el cuerpo. Sus declaraciones son cosméticas, no terapéuticas. Se gestiona ante ARCSA mediante el procedimiento de NSO.
Medicamento
Las afirmaciones terapéuticas —curar, tratar o prevenir enfermedades— pueden modificar la clasificación regulatoria del producto y derivarlo a otra autoridad y otro procedimiento. En el diagnóstico evaluamos las declaraciones de su producto.
Higiénico doméstico
Los productos de higiene doméstica tienen su propia categoría regulatoria y no corresponden necesariamente al mismo procedimiento que los cosméticos. Confundir ambas categorías genera trámites equivocados.
F · Origen
Cosméticos nacionales e importados
La ruta documental depende del origen del producto. Distinguimos los requisitos de cada situación antes de preparar el expediente.
Cosméticos nacionales
Para cosméticos fabricados en Ecuador organizamos los requisitos del fabricante y del establecimiento: identificación del fabricante, condiciones del proceso, información del producto y etiquetado, conforme al procedimiento vigente para fabricación nacional.

Imagen referencial. No corresponde a instalaciones propias de CLICK Productivo.
Cosméticos importados
Para cosméticos extranjeros evaluamos documentalmente la información del fabricante, la titularidad del producto, la representación en el país y los certificados que apliquen, conforme al procedimiento vigente para fabricación extranjera.

Imagen referencial. No corresponde a instalaciones propias de CLICK Productivo.
G · Comunidad Andina
Reconocimiento de NSO
En el marco de la Comunidad Andina existen procedimientos de reconocimiento aplicables a productos que cumplen las condiciones correspondientes, para que su notificación sanitaria sea reconocida en el país sin duplicar el trámite de obtención.
La procedencia del reconocimiento depende del producto, su notificación de origen y las condiciones previstas en la normativa vigente. En el diagnóstico confirmamos si su caso califica para reconocimiento o si corresponde una nueva NSO.
Importante
Confundir el reconocimiento con una nueva NSO es un error frecuente que desgasta tiempo y recursos. Confirmamos la ruta correcta antes de preparar el expediente.
Dos rutas posibles
Reconocimiento de NSO
Para productos que cumplen las condiciones del marco andino, cuando proceda.
Nueva NSO
Obtención de la notificación sanitaria en el país, con su propio expediente y requisitos.
H · Actores
Actores del trámite cosmético
La información del fabricante, el titular, el representante y el responsable técnico debe estar correctamente identificada y documentada antes de presentar la solicitud.
Fabricante
Identificar correctamente al fabricante del cosmético es esencial: su información respalda la calidad y el origen del producto.
Titular de la NSO
El titular asume las responsabilidades previstas en la normativa aplicable sobre la calidad y seguridad del producto comercializado.
Representante legal o apoderado
Según el procedimiento, puede requerirse documentación que acredite la representación legal o el poder del solicitante.
Responsable técnico
La normativa establece condiciones profesionales para el responsable técnico según la actividad. Verificamos que se cumplan.
I · Composición
Fórmula cosmética e ingredientes
La revisión de la fórmula y de los ingredientes es el corazón técnico del expediente. No publicamos listas de ingredientes permitidos o prohibidos: cada evaluación se realiza contra la normativa vigente aplicable a su producto.
Fórmula cosmética
Revisamos la composición, las denominaciones de los ingredientes y la consistencia de la fórmula, sin divulgar información confidencial.
Ingredientes permitidos
Verificamos que los ingredientes cumplan las restricciones y prohibiciones vigentes de la normativa aplicable.
Ingredientes restringidos
Evaluamos concentraciones y condiciones de uso cuando la normativa establezca restricciones para determinadas sustancias.
Ingredientes prohibidos
Confirmamos que la fórmula no incluya sustancias prohibidas por la normativa aplicable.
Nanomateriales
Cuando la fórmula incluya nanomateriales, verificamos los requisitos de declaración y evaluación que correspondan.
No solicitamos fórmulas completas en formularios públicos: la documentación confidencial se gestiona por canales autorizados una vez iniciado el servicio.
J · Calidad
Seguridad, especificaciones y ensayos
El expediente técnico del cosmético se sostiene sobre la información de seguridad y los ensayos aplicables. Coordinamos los análisis mediante laboratorios externos competentes.
Seguridad del producto
La información técnica debe respaldar la seguridad del cosmético en las condiciones de uso previstas.
Especificaciones del producto terminado
Controles físicos, químicos y microbiológicos según corresponda al tipo de producto.
Análisis microbiológicos
Relacionados con las especificaciones técnicas aplicables. Se realizan mediante laboratorios externos competentes.
Estudios de estabilidad
Evaluamos cuándo deben considerarse y qué documentación técnica puede ser pertinente para respaldar la vida útil.

Imagen referencial de un laboratorio externo. CLICK Productivo no cuenta con laboratorios propios: los análisis se coordinan con laboratorios externos competentes.
K · Identificación
Identificación del producto cosmético
La información declarada del producto —presentación, forma cosmética, denominación y marca— debe ser consistente en todo el expediente y en la etiqueta.
Presentación comercial
Contenido y presentación del producto deben identificarse correctamente.
Forma cosmética
Crema, loción, gel, aerosol: la forma cosmética identifica al producto.
Denominación del producto
Debe reflejar correctamente la naturaleza y la función del cosmético.
Marca comercial
La marca comercial es distinta de la denominación cosmética del producto.

Imagen referencial del etiquetado cosmético. No corresponde a instalaciones propias de CLICK Productivo.
L · Etiquetado
Etiquetado y declaraciones del cosmético
Revisamos el proyecto de etiqueta conforme al reglamento de etiquetado aplicable y a sus modificaciones vigentes: información obligatoria, nomenclatura de ingredientes, advertencias e instrucciones de uso cuando correspondan.
Las declaraciones publicitarias deben estar respaldadas y no inducir a engaño. Diferenciamos las propiedades cosméticas de las declaraciones terapéuticas, que pueden modificar la clasificación del producto.
Información obligatoria
Datos exigidos por el reglamento de etiquetado vigente.
Nomenclatura de ingredientes
Denominación de ingredientes según el reglamento aplicable.
Advertencias
Determinadas formulaciones requieren indicaciones específicas.
Instrucciones de uso
Requisitos de instrucciones cuando correspondan.
Declaraciones respaldadas
Las declaraciones publicitarias no deben inducir a engaño.
Beneficios cosméticos
Distinguimos propiedades cosméticas de declaraciones terapéuticas.
M · Fabricación
BPM cosméticas, maquila e importación
BPM cosméticas
Las Buenas Prácticas de Manufactura cosméticas cuentan con regulación técnica específica. No deben confundirse con las BPM para alimentos procesados: son regímenes distintos con requisitos propios.
Fabricación por terceros
La maquila tiene implicaciones documentales: la relación entre titular y fabricante debe demostrarse correctamente en el expediente de la notificación.
Importación
Preparamos la documentación de productos extranjeros: fabricante, titularidad, representación y certificados aplicables, antes de presentar el trámite.
N · Documentos
Certificados y procedimientos relacionados
Además de la obtención de la NSO, existen procedimientos relacionados con la comercialización del cosmético. Le orientamos sobre cuál aplica a su caso.
Certificado de Libre Venta
Su aplicabilidad depende del procedimiento y del destino del producto.
Reconocimiento andino
Procedimiento para productos que cumplan las condiciones correspondientes del marco andino.
Modificaciones de NSO
Determinadas modificaciones requieren comunicar o actualizar la información de la notificación.
Renovaciones
La continuidad del código debe gestionarse oportunamente conforme a la normativa vigente.
Acogimiento a código existente
Puede existir un procedimiento específico cuando corresponda.
Certificado de vigencia
Documento distinto de la obtención de la NSO, con función propia.
Certificado de requiere/no requiere
Procedimiento diferenciado de clasificación o determinación regulatoria.
Certificado de Libre Venta para exportación
Relacionado con determinados procesos de comercialización internacional.
O · Vigencia
Cambios de fabricante, titular, marca y fórmula
Cuando la información notificada cambia, el procedimiento correspondiente debe gestionarse conforme a la normativa vigente. Le acompañamos en cada tipo de cambio.
Cambios de fabricante
Deben evaluarse las condiciones para actualizar la información de la notificación.
Cambios de titular
Revisamos los requisitos documentales del cambio de titularidad.
Cambios de marca
Determinamos el procedimiento correspondiente al cambio de marca.
Cambios de fórmula
Pueden implicar modificaciones reguladas de la información notificada.
P · Vigilancia
Control posnotificación e importaciones
Control posnotificación
Tras la notificación, el producto puede estar sujeto a controles y vigilancia sanitaria por parte de la autoridad. Mantener la información técnica y documental ordenada facilita atender cualquier requerimiento posterior.
Etiquetado e importaciones
Para el mercado ecuatoriano, la información comercial del producto importado —etiqueta, declaraciones y datos del fabricante— debe revisarse antes de nacionalizar y comercializar.
Q · Riesgos
Errores frecuentes en trámites cosméticos
Detectar estas brechas antes de presentar la solicitud cuesta menos que corregir una observación dentro del trámite.
R · Nuestro acompañamiento
Cómo ayuda CLICK Productivo
Una línea de tiempo de veinte etapas, de la consulta inicial al seguimiento de renovaciones. Las etapas dependen de la categoría del producto y del alcance contratado.
- 01
Recepción de la consulta
Recibimos su consulta e identificamos el objetivo del trámite: nueva NSO, reconocimiento, renovación, modificación o asesoría integral.
- 02
Identificación de la categoría
Determinamos la categoría cosmética del producto y confirmamos que corresponde a cosmético y no a medicamento ni a higiene doméstica.
- 03
Clasificación regulatoria
Confirmamos el procedimiento aplicable conforme a la normativa vigente y a la categoría del producto.
- 04
Evaluación de requisitos
Identificamos los requisitos documentales y técnicos aplicables a su producto y a su origen (nacional o importado).
- 05
Revisión de fabricante y titular
Verificamos la identificación del fabricante y del titular de la NSO, y la documentación que los respalda.
- 06
Revisión de fórmula
Revisamos la composición, denominaciones y consistencia de la fórmula, sin divulgar información confidencial.
- 07
Verificación de ingredientes
Evaluamos los ingredientes frente a las restricciones, prohibiciones y condiciones de uso vigentes.
- 08
Revisión de presentación
Verificamos el contenido, la presentación y la forma cosmética declaradas del producto.
- 09
Revisión de etiqueta
Revisamos el proyecto de etiqueta conforme al reglamento de etiquetado aplicable y a la nomenclatura de ingredientes.
- 10
Identificación de documentación faltante
Detectamos los documentos técnicos o administrativos que faltan y preparamos un plan para completarlos.
- 11
Plan de cumplimiento
Elaboramos un plan de cumplimiento con las acciones y la documentación necesarias para el trámite.
- 12
Coordinación de ensayos cuando corresponda
Cuando corresponda, coordinamos ensayos y análisis mediante laboratorios externos competentes.
- 13
Preparación documental
Preparamos y ordenamos el expediente completo conforme a los requisitos aplicables.
- 14
Revisión del expediente
Revisamos el expediente antes de su presentación para minimizar observaciones evitables.
- 15
Asistencia en la presentación del trámite
Le acompañamos en la presentación del trámite por el canal autorizado conforme al procedimiento vigente.
- 16
Seguimiento
Damos seguimiento al estado del trámite y le mantenemos informado en cada etapa.
- 17
Atención de observaciones
Si la autoridad formula observaciones, le ayudamos a entenderlas y a presentar la respuesta dentro del plazo.
- 18
Verificación del resultado
Verificamos el resultado del trámite y la documentación emitida por la autoridad.
- 19
Entrega documental
Le entregamos la documentación obtenida y el respaldo del procedimiento realizado.
- 20
Seguimiento de modificaciones y renovaciones
Le acompañamos en futuras modificaciones y en la renovación oportuna de la NSO.

Un servicio personalizado
El alcance del acompañamiento se ajusta al producto, su origen y su categoría regulatoria. No garantizamos aprobaciones ni plazos de emisión: la decisión corresponde a la autoridad competente.
S · Modalidades
Tres tipos de gestión cosmética
Distinguimos los requisitos de cada situación para preparar el expediente correcto desde el inicio.
A
Cosméticos nacionales
Gestión documental para productos cosméticos fabricados en Ecuador.
- Identificación del fabricante y del establecimiento.
- Revisión de fórmula, ingredientes y etiquetado.
- Preparación del expediente para fabricación nacional.
- Asistencia en la presentación y el seguimiento del trámite.
B
Cosméticos importados
Preparación de requisitos para productos cosméticos extranjeros.
- Revisión de la documentación del fabricante extranjero.
- Verificación de la titularidad y la representación.
- Coordinación de certificados de origen cuando apliquen.
- Preparación del expediente para fabricación extranjera.
C
Reconocimientos y actualizaciones
Asistencia para reconocimiento, modificaciones, renovaciones y procedimientos relacionados.
- Reconocimiento de NSO en el marco andino cuando proceda.
- Modificaciones de fabricante, titular, marca o fórmula.
- Renovaciones oportunas de la NSO.
- Certificados relacionados con la comercialización.
T · Servicios
Modalidades de servicio CLICK Productivo
Modalidad A
Diagnóstico cosmético
Evaluación de la clasificación del producto, los requisitos aplicables y la documentación disponible.
Modalidad B
Gestión de NSO
Asistencia técnica y documental para el procedimiento correspondiente ante ARCSA.
Modalidad C
Gestión integral de cosméticos
Diagnóstico, revisión técnica, etiquetado, preparación documental, gestión del trámite y seguimiento.
Aclaraciones
- CLICK Productivo es una empresa consultora: no emite la NSO.
- Los honorarios profesionales son independientes de las tasas oficiales de ARCSA y de los servicios externos.
- No garantizamos la aprobación del trámite.
Selector
¿Qué trámite necesita tu producto cosmético?
Seleccione las opciones que describen su producto. Esta información nos ayuda a preparar su diagnóstico. No emitimos decisiones automáticas de clasificación sanitaria.
Categoría
Origen
Servicio
Número de productos
Documentación
Estado
La selección no constituye una decisión regulatoria. La clasificación sanitaria y los requisitos se confirman en el diagnóstico conforme a la normativa vigente.
U · Preguntas frecuentes
Lo que preguntan antes de notificar un cosmético
V · Solicitar cotización
Cuéntenos sobre su producto cosmético
Complete el formulario y nuestro equipo le contactará para revisar su caso. El servicio viene precargado como NSO de cosméticos. No solicitamos fórmulas completas en formularios públicos: la documentación confidencial se gestiona por canales autorizados.
W · Servicios relacionados
Servicios relacionados
Registros y notificaciones sanitarias
Guía general de registros y notificaciones ante ARCSA y Agrocalidad.
Conocer másImportaciones en Ecuador
Asesoría regulatoria y documental para importar productos regulados.
Conocer másCertificación BPM
Implementación de Buenas Prácticas de Manufactura para plantas de alimentos.
Conocer másTodos los servicios
Consulte el catálogo completo de servicios de CLICK Productivo.
Conocer másNormativa oficial
Normativa y fuentes oficiales
El control sanitario de los productos cosméticos corresponde a ARCSA. El régimen aplicable se sustenta en la normativa andina —Decisiones y Resoluciones sobre productos cosméticos, etiquetado, requisitos microbiológicos y BPM cosméticas— y en la normativa técnica sanitaria emitida por la Agencia. Las disposiciones específicas deben confirmarse contra la versión vigente de cada documento.
Fuentes oficiales
Verificamos la vigencia de las Decisiones y Resoluciones Andinas aplicables —incluidas sus modificaciones y períodos transitorios— antes de aplicarlas a un caso concreto. No utilizamos como normativa principal una decisión sustituida si existe otra vigente. No inventamos artículos, tarifas, plazos, requisitos, vigencias ni restricciones de ingredientes.
Agenda de citas
¿Prefiere revisar su caso directamente con un especialista?
Agende una reunión con nuestro equipo. Confirmamos su cita por WhatsApp o correo.
Notifica tus cosméticos por la ruta correcta, desde la primera vez.
Hable con un especialista hoy y prepare su expediente cosmético con respaldo técnico antes de presentarlo ante ARCSA.
Quito, Ecuador — atención a nivel nacional
